ANSES: Abrieron la inscripción para el bono de $45 mil: cómo anotarse y cuáles son los requisitos

El beneficio, similar al IFE, tiene como objetivo cubrir a los sectores más vulnerables. Se pagará en dos cuotas de $22.500 y ya se confirmó la fecha del primer pago.

Anses 24/10/2022 Editor General Editor General

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) abrió este lunes 24 de octubre la inscripción al nuevo bono IFE 5 de $45 mil.

El nuevo IFE 5 de ANSES fue anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa, y tiene como objetivo cubrir a los sectores más vulnerables, particularmente a quiénes se encuentren en situación de indigencia.

El refuerzo se pagará en dos cuotas de $22.500 en noviembre y diciembre, y el pago de la primera de ellas iniciará el lunes 14 de noviembre por terminación de documento.

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Para que el Gobierno considere la solicitud se debe entregar una Declaración Jurada para que este evalúe cada situación personal. 

Es posible inscribirse sin turno en todas las oficinas de la ANSES del país, las cuales se pueden visualizar en el sitio link: Oficinas de atención al público | anses.  

Por otro lado, la inscripción al bono para combatir la indigencia también puede realizarse en los operativos móviles que la ANSES dispone en todo el país o de forma virtual en el sitio web oficial de ANSES con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social personal. 

En cualquiera de las tres instancias se deberá presentar una Declaración Jurada que será evaluada junto a los consumos, bienes y patrimonio del solicitante. 

Esto significa que no se podrán tener registrados a nombre personal los siguientes bienes:


🔹Rodados (automotores, motocicletas y otros) que tengan menos de 10 años de antigüedad.

🔹Inmuebles.

🔹Consumos de tarjeta de crédito y/o débito en los últimos 2 meses;

🔹Plazos fijos y bonos en los últimos 6 meses;

🔹Acreditación en cuentas bancarias en los últimos 2 meses;

🔹Compras en moneda extranjera en los últimos 6 meses.

🔹Obra social o prepaga

Según se informó, podrán inscribirse las personas que no tengan trabajo registrado (en relación de dependencia, autónomos, de casas particulares, monotributistas y monotributistas sociales), ni tampoco jubilaciones y/o pensiones contributivas o no contributivas (tanto nacionales como provinciales y municipales).

Tampoco podrán acceder quienes perciban una prestación por desempleo, sean beneficiarios del plan Potenciar Trabajo o de una Beca Progresar o de la Asignación por Embarazo para Protección Social o Programas Sociales (tanto nacionales como provinciales o municipales).


El mismo criterio aplica para quienes tengan hijas y/o hijos que perciban la Asignación Universal por Hija e Hijo o Salario Familiar. Asimismo, las personas que se inscriban deberán completar una declaración jurada, que será evaluada junto a sus consumos, bienes y patrimonio.

Fuente: ADN SUR