Mañana se pagan $ 39.500, confirmado: cómo anotarse si sos jubilado o cobrás alguna asignación

Luego del aumento del 12,11% por la Ley de Movilidad Jubilatoria el haber de las Asignaciones de Pago Único se vio modificado positivamente; ¿qué hay que saber?

Anses 07/12/2021 Info patagonia Info patagonia

El 1 de diciembre entró en vigencia el último y cuarto aumento que se dio por la Ley de Movilidad Jubilatoria, luego de un largo análisis sobre las medidas económicas se terminó fijando en un 12,11% fundamental para ganarle a la inflación. Varias prestaciones que otorga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se verán beneficiadas por el mismo, como las Asignaciones de Pago Único.

Fernanda Raverta, la titular del organismo previsional, confirmó a través "ANSES Responde" en TV Pública que el incremento que se fijó durante el último mes del año se cumplió con el objetivo principal, que los haberes de varios programas sociales le ganen a los números de la inflación.

ASIGNACIONES DE PAGO ÚNICO ANSES: CUÁLES SON LOS MONTOS

Los montos de dinero que se entregan a quienes son titulares de dicha asignación van a variar según los tres momentos fundamentales en la vida del trabajador y los mismos son:

 
Asignación por Nacimiento: $6.619
Asignación por Matrimonio: $9.912 (para cada cónyuge)
Asignación por Adopción: $39.589
 

Sin embargo, no todo aquel que esté interesado en acceder a dicha prestación va a poder ser admitido. Se deben cumplir con ciertos requisitos para cobrar hasta $ 39.589.

 Se trata de cumplir con los máximos fijados por el Gobierno de la Nación, quienes desean cobrar las Asignaciones por Nacimiento y Adopción no pueden tener un Ingreso por Grupo Familiar mayor a $210.278 mientras que las Asignaciones por Matrimonio pueden acceder con ingresos de $105.139.

 ANSES: UNO POR UNO, QUÉ NECESITO PARA COBRAR LA ASIGNACIÓN DE PAGO ÚNICO

 ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO
 

Partida de nacimiento.
Documento nacional de identidad recién nacido.
En el extranjero:

Documento que acredite la identidad del recién nacido.
Partida de nacimiento (traducida) visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
 

ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO
 

Certificado de matrimonio.
Documento nacional de identidad del cónyuge.
Cuando se trate de segundo o posterior matrimonio: deberá acreditarse el divorcio con la Sentencia respectiva.
 

ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN
 Partida de nacimiento, con mención de la adopción.
La sentencia de adopción.
Adopción en el

extranjero:

Documento que acredite la identidad del adoptado.
Partida de nacimiento y/o copia del acta mediante la cual se otorga la adopción, visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.