Puerto Madryn: "Como ya lo habíamos adelantado, en nuestra ciudad no se aplicará la circulación según la terminación del DNI." Aseguro Sastre
¿Que sucede con los gimnasios? ¿Los Locales Gastronómicos?
Provincias - Chubut 17/09/2020 Info patagonia"Como ya lo habíamos adelantado, en nuestra ciudad no se aplicará la circulación según la terminación del DNI. Se podrán realizar actividades unipersonales físicas, recreativas y náuticas al aire libre, así como también pesca y buceo de lunes a sábados de 6 a 21 horas en toda la ciudad. Pero, a los fines de que no se generen aglomeraciones, no podrán desarrollarse en la costanera centro (playa y rambla), comprendida desde el Ecocentro hasta la calle Rawson y Azcárate. Por ello decidimos habilitar la zona costera norte y sur, plazas y parques solo con circulación continua sin permanencia #SeguimosHaciendo" Aseguro Sastre
Lo que dice el Decreto:
Horarios de supermercados y comercios gastronómicos
Las personas que trabajan en comercios del rubro gastronómico y de venta de productos alimenticios elaborados, se encontrarán exceptuadas de cumplir con la limitación horaria de circulación de acuerdo a su condición de explotador o consumidor, de acuerdo a la siguiente modalidad.
El servicio de retiro en el local (take away) podrá funcionar de lunes a sábado hasta las 23 horas, y en la misma modalidad el servicio de envío a domicilio (delivery).
En tanto, el servicio de consumo en el local podrá funcionar de lunes a sábado hasta las 23 horas. Se aplicará el sistema de turnos, debiendo el comercio extender constancia que acredite el otorgamiento del mismo a la persona que la posee. La constancia deberá contener, además de los datos del comercio, la fecha y horario del turno otorgado, los datos identificatorios de los consumidores beneficiarios, para ser eventualmente corroborados por la autoridad de contralor.
Se establece además que los súper e hipermercados “deberán establecer el horario comprendido entre las 8 y 9,30 horas, para la atención exclusiva de personas mayores de 60 años y con factores de riesgo”.
Automóviles y oficinas públicas
En Comodoro Rivadavia, Rada Tilly y Puerto Madryn, los vehículos –particulares, de empresas u oficiales- “no podrán circular con más de dos ocupantes en el interior, salvo motivos de urgencia o fuerza mayor o razones debidamente justificadas”.
En las reparticiones públicas provinciales, en esas ciudades, “los titulares de cada una de ellas organizarán sus áreas a los fines de evitar la aglomeración de los agentes de su dependencia, garantizando el efectivo funcionamiento del sector, a través del sistema de guardias mínimas y trabajo desde el hogar”.
Prohibiciones transitorias
En esas tres ciudades, quedan prohibidas transitoriamente “la totalidad de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas, que se desarrollen en espacios cerrados”.
“Sólo se podrán realizar actividades al aire libre de manera individual respetando los horarios y la modalidad (terminación de DNI). Se estipula como única excepción los padres que realizan la actividad con sus hijos (niños, niñas y adolescentes)”, dispone el artículo 6°.
Salidas de Esparcimiento
Las salidas de esparcimiento al aire libre se deberán realizar “de manera responsable, en beneficio de su salud y su bienestar psicofísico. No podrán acceder ni permanecer en espacios recreativos de ninguna índole, aunque sean al aire libre, donde existan juegos o asientos que favorezcan el agrupamiento social ni a instituciones deportivas”.
Quedan prohibidas las reuniones de personas y los niños “deberán mantenerse alejados de otros menores para respetar el máximo distanciamiento social”.
“Siempre se deberá dar cumplimiento a las restricciones y reglas de conducta generales previstas en las normas vigentes, y toda aquella que determine la autoridad sanitaria en protección de la salud de las personas”.
Se determina que “los padres de niños, niñas y adolescentes serán responsables por el cumplimiento de las disposiciones establecidas, y no se podrá trasladar de ciudad a los fines de desarrollar la salida de esparcimiento que se autoriza”.